¿Te robaron o clonaron tu tarjeta? Esto debes hacer
En la época decembrina los robos aumentan en comercios, viviendas, transporte público y, principalmente, en los lugares en donde las personas realizan las compras ya sea en efectivo o con tarjetas de crédito o débito. Por eso es importante estar alerta si no reconoces un cargo.
En caso de robo, extravío o clonación de tu tarjeta de crédito o débito lo primero que debes hacer es informarlo inmediatamente a la entidad financiera correspondiente.
Asimismo, sigue puntualmente estas recomendaciones que hace la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).
Robo o extravío
En este caso, el banco será el responsable de cargos que hayan sido realizados durante las 48 horas previas al aviso de robo o extravío por tu parte y que no reconozcas. No obstante, podrá exigirte el pago de cargos recurrentes u otros previamente autorizados por ti. El banco deberá abonar a tu cuenta los cargos no reconocidos a más tardar el cuarto día hábil bancario siguiente al día en que presentaste tu inconformidad.
Clonación
Ante este problema, el Banco de México obliga a las instituciones financieras a liberarte del pago y a devolverte el monto de la transacción dentro de los cuatro días posteriores a tu reclamo. Lo anterior no aplica si el banco comprueba que la compra se autorizó en algún comercio mediante el chip de tu tarjeta.
Fraude por internet
Si no reconoces algún cargo en tu tarjeta de crédito efectuado por teléfono o internet, la institución financiera deberá liberarte del pago y abonarte la cantidad requerida a más tardar el cuarto día hábil bancario siguiente a tu objeción. Lo anterior no aplica en operaciones hechas por internet cuando el banco pruebe que la transacción se realizó utilizando sistemas de autentificación en línea que garanticen que el tarjetahabiente fue quien las autorizó, tal es el caso de Verified by Visa o MasterCard SecureCode.
Operaciones autorizadas sin tu firma
Algunos comercios tienen autorizado por los bancos realizar operaciones con tarjetas de crédito sin requerir firma, NIP o firma digitalizada del cliente, que no excedan la cantidad de 250 pesos. En estos casos, el banco será responsable de las transacciones que no reconozcas. La institución financiera deberá abonarte los recursos respectivos a más tardar el segundo día hábil bancario siguiente a tu reclamación, sin requisito o trámite adicional alguno.
En todas las situaciones anteriores, el banco está en posibilidad de revertir el abono que te hizo, realizando un nuevo cargo en tu cuenta incluyendo los intereses ordinarios, si demuestra que tú o alguno de tus tarjetahabientes adicionales autorizó la compra u operación. Esto aplicará siempre y cuando la institución te entregue dentro de los 45 días naturales posteriores a tu reclamación, un dictamen con copia de los documentos que prueben los hechos. Para reclamaciones sobre operaciones hechas en el extranjero, el plazo será de 180 días naturales.
La Ley te protege
Cabe mencionar que la institución financiera no podrá cobrarte intereses moratorios generados por la falta del pago reclamado ni reportarte al buró de crédito. Si el banco no te entrega ningún dictamen dentro de los plazos mencionados, el abono realizado previamente por éste, no podrá revertirse.
En caso de no recibir ninguna respuesta por parte de la institución financiera o que ésta sea en sentido negativo (recuerda que el banco cuenta con 45 días naturales posteriores a tu reclamación para darte respuesta), la Condusef tiene una línea de atención ciudadana.
Fuente: El Financiero.